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¿Se puede declararse en quiebra por impuestos?

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gran cañón
Publicado el 13 de julio de 2026 en

En un procedimiento de quiebra en Arizona, puedes incluir determinadas deudas tributarias a efectos de su condonación, pero solo si cumples con la normativa aplicable. Arizona se rige por el Código Federal de Quiebras, lo que significa que los aspectos clave a tener en cuenta son el tipo de deuda tributaria y su antigüedad. 

¿Se puede declararse en quiebra por impuestos atrasados? La respuesta breve es que las deudas tributarias de más de tres años de antigüedad pueden ser objeto de exoneración en virtud del Capítulo 7 o del Capítulo 13.

Los abogados especialistas en quiebras de Stone Rose Law cuentan con amplia experiencia a la hora de abordar la interrelación entre la legislación fiscal federal y cómo esta afecta a tus deudas tributarias y otras obligaciones fiscales.

Si desea hablar con uno de nuestros abogados especializados en quiebras, llámenos al (480) 739-2448 o póngase en contacto con nosotros a través de nuestra página web.

En este artículo, tratamos los siguientes temas:

  • Cómo las deudas por el impuesto sobre la renta federal o por el impuesto sobre la renta del estado de Arizona pueden ser objeto de exoneración en un procedimiento de quiebra
  • Cómo afectan los procedimientos de quiebra del Capítulo 7 y del Capítulo 13 a tu capacidad para liquidar deudas tributarias
  • Cómo pueden afectar las leyes de comunidad de bienes de Arizona a tus deudas fiscales

¿La quiebra compensa la deuda tributaria?

Mucha gente se pregunta: ¿La quiebra elimina la deuda tributaria? La respuesta depende del tipo de deuda tributaria, de la antigüedad de la deuda tributaria federal y de si se cumplen los requisitos establecidos por la legislación fiscal federal.

Puedes liquidar determinadas deudas tributarias federales y del estado de Arizona —y, en algunos casos, las multas o los intereses relacionados— si se cumplen todas las normas de liquidación. Puedes liquidar estas deudas tributarias que cumplan los requisitos en virtud del Capítulo 7 o del Capítulo 13, siempre y cuando cumplas los requisitos para hacerlo.

No todas las deudas tributarias son susceptibles de condonación, y declararse en quiebra no eliminará todo tipo de obligaciones fiscales. Tanto en el marco del Capítulo 7 como del Capítulo 13 de la ley de quiebras, las siguientes deudas tributarias no pueden ser condonadas:

  • Impuestos sobre las nóminas (incluidos los impuestos sobre las nóminas destinados a fondos fiduciarios retenidos a los empleados)
  • Impuestos sobre los fondos fiduciarios
  • Impuestos sobre las ventas
  • Los impuestos sobre bienes inmuebles recientes no suelen ser susceptibles de exoneración, y los embargos por impuestos sobre bienes inmuebles suelen mantenerse incluso cuando se exonera la responsabilidad personal por otras deudas tributarias.
  • Impuestos especiales
  • Sanciones relacionadas con el fraude o la evasión fiscal
  • Impuestos sobre la renta recientes que no cumplen las normas de plazo

¿Cuáles son los requisitos para la condonación de las deudas tributarias?

La prueba para determinar si se puede condonar una deuda tributaria se denomina «prueba 3-2-240». Para poder condonar los impuestos sobre la renta federales o los del estado de Arizona mediante una declaración de quiebra, es necesario cumplir los tres requisitos siguientes.

La regla 3-2-240: ¿Se puede condonar tu deuda tributaria?

La regla de los tres años

Tu declaración de la renta debe haber vencido al menos tres años antes (incluidas las prórrogas) de que te declares en quiebra. Esta norma examina los períodos fiscales correspondientes para confirmar que tu deuda tributaria en el marco de la quiebra tiene la antigüedad suficiente para poder ser objeto de exoneración.

La regla de los dos años

Debes haber presentado tu declaración de la renta al menos dos años antes de solicitar la quiebra. Ten en cuenta que las presentaciones del «documento sustitutivo de la declaración» del IRS no cuentan a efectos de este requisito. Debes presentar tú mismo las declaraciones de la renta correspondientes a cada uno de los ejercicios fiscales que desees excluir de la quiebra.

La regla de los 240 días

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) o el Departamento de Hacienda de Arizona deben haberte liquidado el impuesto al menos 240 días antes de que te declares en quiebra.

Además de estos tres requisitos fundamentales, tu deuda tributaria no debe estar relacionada con ningún fraude, declaración falsa o evasión fiscal intencionada. Si te aplican sanciones por fraude, no podrás liquidar los impuestos sobre la renta correspondientes.

¿Cómo afectan los embargos fiscales y los pagos de tarjetas de crédito a tu exoneración?

Dos circunstancias que pueden influir en lo que se puede condonar son los embargos fiscales del IRS y los casos en los que se haya utilizado una tarjeta de crédito para pagar una deuda tributaria no condonable.

Embargos fiscales del IRS

Si la Agencia Tributaria (IRS) ya ha inscrito un embargo fiscal susceptible de ser levantado sobre tu propiedad antes de que te declares en quiebra, dicho embargo seguirá vigente.

  • La quiebra te eximirá de tu responsabilidad personal por la deuda tributaria e impedirá que el IRS intente cobrarla a través de tu salario o de tu cuenta bancaria.
  • Sin embargo, cuando vendas tu inmueble, sobre el que pesa un embargo fiscal, tendrás que saldar la deuda correspondiente a dicho embargo antes de poder transferir la titularidad al comprador.

Pagos con tarjeta de crédito

A veces, las personas utilizan tarjetas de crédito para pagar el impuesto sobre la renta que deben. Si has utilizado una tarjeta de crédito para pagar una deuda tributaria no exonerable, es posible que, en el marco de la quiebra del Capítulo 7, esta deuda de la tarjeta de crédito no sea exonerable. 

En virtud del artículo 523(a)(14) del Título 11 del Código de los Estados Unidos, la deuda de tarjeta de crédito contraída para pagar un impuesto federal no exonerable es, en sí misma, no exonerable en el Capítulo 7 sin necesidad de un procedimiento contencioso. La entidad emisora de la tarjeta de crédito también puede impugnar la exonerabilidad en virtud del artículo 523(a)(2), alegando fraude o engaño.

Sin embargo, en el capítulo 13, puedes liquidar el saldo de una tarjeta de crédito que hayas contraído para pagar una deuda tributaria no exonerable.

¿Cómo afectan las quiebras del Capítulo 7 y del Capítulo 13 a las deudas fiscales?

El tipo de quiebra que elijas puede influir en la forma de liquidar las deudas fiscales que cumplan los requisitos. A continuación, analizamos la quiebra del Capítulo 7 y las consideraciones relativas al Capítulo 13.

Declararse en quiebra en virtud de cualquiera de los dos capítulos da lugar a una suspensión automática que detiene la mayoría de las medidas de recaudación del IRS, incluidos los embargos de salario y las retenciones bancarias. La suspensión automática te proporciona un respiro inmediato mientras se tramita tu caso.

Deudas fiscales en el procedimiento de quiebra del Capítulo 7

La ventaja más importante de quiebra del Capítulo 7 es que condona las deudas no garantizadas que cumplan los requisitos, incluidos los impuestos sobre la renta que cumplan los criterios, en un plazo de entre 4 y 6 meses, sin necesidad de realizar pagos a los acreedores. 

Si tienes deudas fiscales en el Capítulo 7 y el administrador concursal liquida los bienes no exentos de entre los activos del deudor que forman parte de la masa concursal, el producto de la venta se destina en primer lugar al pago de las deudas prioritarias, incluidos los impuestos federales. Mientras que las sociedades se acogen a la ley de quiebras en virtud de otros capítulos del Código de Quiebras, las personas físicas suelen hacerlo en virtud del Capítulo 7 o del Capítulo 13.

La quiebra con liquidación es la mejor opción cuando tienes deudas tributarias antiguas que cumplen los requisitos para su condonación según la prueba 3-2-240, no tienes sanciones por fraude ni problemas de evasión fiscal, y deseas una condonación rápida. 

¿La declaración de quiebra elimina la deuda tributaria en todos los casos? No necesariamente: solo los impuestos sobre la renta que cumplen los requisitos de elegibilidad se consideran deuda susceptible de condonación, mientras que los impuestos sobre las nóminas, los impuestos sobre fondos fiduciarios, los impuestos sobre la propiedad y otras deudas no susceptibles de condonación siguen vigentes tras el procedimiento de quiebra.

Devoluciones y deudas fiscales en el Capítulo 7

Si el IRS te debe una devolución de impuestos cuando te acojas al Capítulo 7, deberás poder protegerla mediante una exención por quiebra. Esto es así incluso si aún no has presentado la declaración de la renta. Si no puedes eximir tu devolución, el administrador concursal la embargará en beneficio de tus acreedores.

En esta situación, deberías posponer la solicitud de quiebra hasta que hayas recibido la devolución y destinarla a necesidades básicas, como los gastos de manutención. Si optas por esta opción, asegúrate de llevar un registro de tus gastos.

Deudas fiscales en el procedimiento de quiebra del Capítulo 13

La principal diferencia entre el Capítulo 7 y el Capítulo 13 es el plan de pago de la deuda, que en el Capítulo 13 tiene una duración de entre 3 y 5 años. En virtud del Capítulo 13, el administrador distribuye los pagos del deudor entre los acreedores de acuerdo con el plan de quiebra.

El capítulo 13 aborda los impuestos sobre la renta de una de estas dos formas:

  • Los impuestos prioritarios deben pagarse en su totalidad, incluidos los intereses anteriores a la solicitud de quiebra, pero los intereses posteriores a la solicitud de quiebra no se devengan durante la vigencia del plan. Las obligaciones fiscales posteriores a la solicitud de quiebra —los impuestos en los que se incurra durante el proceso— son responsabilidad suya y no pueden incluirse en el plan de pago.
  • Los impuestos no prioritarios, que se pagan junto con los acreedores generales no garantizados. Un impuesto no prioritario puede ser susceptible de exoneración tras completar el plan de pago, pero no siempre: un impuesto puede quedar fuera del plazo de prioridad de tres años y, aun así, no cumplir otros requisitos de la prueba de exoneración 3-2-240, como la norma de presentación de dos años o la norma de liquidación de 240 días. Cualquier deuda tributaria no prioritaria no exonerable sigue siendo exigible tras la quiebra. 

Durante el periodo de vigencia del plan, se suspenderán los embargos del IRS, los embargos bancarios y los embargos de salario. Tus deudas fiscales no exonerables seguirán devengando intereses durante el periodo de vigencia del plan, pero, por lo general, no se te impondrán sanciones adicionales.

Durante el proceso del Capítulo 13, debes presentar tus declaraciones de impuestos cada año sin demora. El administrador revisará, como mínimo, tus declaraciones de impuestos de los dos últimos años anteriores a la presentación de la solicitud. Sus acreedores también pueden solicitar copias. A continuación, deberá presentar puntualmente sus declaraciones de impuestos cada año tras el inicio de su procedimiento de quiebra y facilitar al administrador concursal una copia para su revisión, con todos los anexos, en un plazo de 14 días tras haberlas presentado ante el IRS y las autoridades estatales. El incumplimiento de la obligación de presentar puntualmente sus declaraciones de impuestos dará lugar a la desestimación de su procedimiento de quiebra del Capítulo 13. 

Si alguna declaración de la renta pone de manifiesto que tus ingresos son superiores a lo previsto, el administrador concursal podrá presentar una solicitud ante el tribunal de quiebras para aumentar tu pago mensual en virtud de tu plan de pago. La cantidad que pagas cada mes se basa, en parte, en tus ingresos discrecionales, es decir, lo que te queda después de cubrir los gastos básicos de manutención.

Supongamos que recibes una devolución de impuestos mientras te encuentras en el Capítulo 13; el administrador concursal puede exigirte que le entregues dicha devolución para que se aplique como pago complementario a tus acreedores. Se trata de fondos adicionales que se abonan además de tu plan básico del Capítulo 13. Este requisito suele figurar en tu auto de confirmación.

El capítulo 13 puede ser una buena opción si:

  • Tienes deudas fiscales más recientes con el IRS (de los últimos tres años).
  • Tienes deudas tributarias prioritarias y no prioritarias.
  • Necesitas más tiempo para pagar mediante cuotas mensuales fijas.
  • Eres un deudor en situación de dificultad económica que necesita la protección de un plan de pago más prolongado.

La siguiente tabla resume cómo se tratan las deudas fiscales en el Capítulo 7 y en el Capítulo 13, respectivamente.

TemaCapítulo 7 (Liquidación)Capítulo 13 (Plan de amortización)
Objetivo principalLiquida rápidamente las deudas que cumplan los requisitosPaga tus deudas en un plazo de entre 3 y 5 años
Cómo se gestionan los impuestos sobre la rentaLos impuestos sobre la renta que cumplan los requisitos pueden ser condonados en su totalidadAlgunos impuestos deben pagarse a través del plan; otros pueden liquidarse más adelante
¿Qué impuestos se pueden eliminar?Solo las declaraciones de la renta anteriores que cumplan las normas 3-2-240Las mismas normas de condonación para los impuestos sobre la renta de años anteriores
Impuestos sobre la renta recientesNo dado de bajaSe considera deuda prioritaria y se paga mediante el plan de quiebra
Impuestos sobre las nóminas, las ventas y los fondos fiduciariosNunca se ha descargadoDebe pagarse en su totalidad
Sanciones fiscales e interesesSe condona únicamente si está vinculada a un impuesto condonableMismo tratamiento (depende del impuesto correspondiente)
Embargos fiscalesEl gravamen sigue vigente aunque se haya liquidado el impuestoEl gravamen sigue vigente, pero los pagos pueden estructurarse de forma que se salde la deuda
Flexibilidad en los pagosNinguna: ya se ha liquidado o aún está pendiente de pagoEs posible fraccionar los pagos en un plazo de entre 3 y 5 años
Cobros del IRS durante el procesoLa suspensión automática detiene temporalmente los cobrosLa estancia se mantiene durante toda la vigencia del plan
Duración del caso (repercusión fiscal)4-6 meses36 a 60 meses
Ideal paraLiquidar rápidamente los antiguos impuestos pendientesGestión de impuestos recientes o no exonerables

¿Cómo afectan las leyes de comunidad de bienes de Arizona a las deudas fiscales en caso de quiebra?

Arizona es un estado en el que se aplica el régimen de comunidad de bienes, lo que significa que la mayoría de los bienes y deudas que tú y tu cónyuge adquieráis durante el matrimonio pertenecen a ambos por igual, independientemente de a nombre de cuál de los cónyuges figuren los ingresos, la declaración de la renta, las cuentas o las deudas.

Cuando presentas la declaración de la renta de forma conjunta con tu cónyuge, ambos sois plenamente responsables de la totalidad de la deuda tributaria, independientemente de quién haya obtenido los ingresos sobre los que se aplica el impuesto sobre la renta.

Si presentas la declaración de la renta por separado de tu cónyuge, los ingresos comunes se reparten a partes iguales entre ambos, salvo que se aplique alguna excepción, y cada uno de vosotros puede seguir estando sujeto a las obligaciones fiscales relacionadas con dichos ingresos comunes.

El IRS también puede embargar los bienes privativos de un cónyuge que tenga una deuda por el impuesto sobre la renta. Por lo general, no se embargarán los bienes privativos de un cónyuge que no esté obligado a pagarlo, a menos que se presente una declaración conjunta o que la deuda con el IRS se convierta en una obligación común.

Protección contra las descargas comunitarias en Arizona y los impuestos

Según la legislación de Arizona, si uno de los cónyuges se declara en quiebra y obtiene la exoneración de sus deudas, la norma de exoneración de los bienes gananciales implica que el IRS no puede cobrar los impuestos exonerados con cargo a los bienes gananciales, aunque el cónyuge que no se haya declarado en quiebra siga siendo personalmente responsable de ellos.

Las normas comunitarias sobre la exoneración no modifican tu derecho a la exoneración, sino la forma en que los acreedores, incluido el IRS, pueden intentar cobrar los impuestos exonerados.

  • Los bienes propios del cónyuge que no presenta la declaración de la renta siguen estando potencialmente sujetos a medidas de ejecución.
  • La exoneración comunitaria no anula los embargos fiscales del IRS sobre los bienes que se hayan registrado antes de presentar la solicitud de quiebra.
  • Los impuestos no exonerables, incluidos los impuestos sobre las nóminas, siguen siendo exigibles.

¿Es mejor declararse en quiebra antes o después de presentar la declaración de la renta?

Para obtener la exoneración por quiebra, debes haber presentado las declaraciones de la renta de los últimos cuatro años. Es recomendable haber presentado, como mínimo, las de los últimos cuatro años antes de iniciar el procedimiento de quiebra. Podrías sufrir retrasos si decides preparar las declaraciones al mismo tiempo que presentas la solicitud de quiebra en virtud del Capítulo 7. 

Si estás exento de presentar la declaración de la renta, es probable que el administrador te pida una explicación por escrito de los motivos.

Si te acojes al Capítulo 13, debes estar al corriente con tus declaraciones de impuestos y entregar al administrador concursal las declaraciones de los cuatro últimos ejercicios fiscales antes de la reunión de acreedores. El IRS y la administración estatal presentarán una reclamación para notificar al administrador concursal y al tribunal que no has presentado dichas declaraciones. El tribunal de quiebras desestimará tu caso si no entregas al administrador concursal las declaraciones requeridas.

Tus próximos pasos

¿La quiebra te eximirá de tu deuda tributaria? Si cumples los requisitos de la prueba «3-2-240», tus impuestos tienen la antigüedad suficiente y no estás sujeto a sanciones por fraude, es posible que puedas liquidar la deuda tributaria que cumpla los requisitos en virtud del Capítulo 7 o del Capítulo 13. 

Cada capítulo de la ley de quiebras tiene sus ventajas y posibles inconvenientes a la hora de condonar la deuda tributaria con el IRS, y es posible que debas tener en cuenta algunas consideraciones estratégicas sobre cuándo presentar tu declaración de la renta y cuándo programar la solicitud de quiebra.

Un abogado especializado en quiebras de Stone Rose Law, en Arizona, puede ayudarte a comprender qué opción de quiebra puede ser la más adecuada para ti según la legislación fiscal federal y la de Arizona, y cómo pueden aplicarse las consideraciones relativas a los bienes gananciales si estás casado.

También podemos ayudarte a evaluar si una alternativa a la quiebra, como un plan de pago con el IRS o una «Oferta de Compromiso», es adecuada para tu situación de deuda tributaria federal. Declararse en quiebra no siempre es la única vía para el alivio de la deuda, pero cuando es la opción adecuada, puede suponer un alivio significativo frente a una deuda abrumadora con el IRS.

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