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¿Cómo sé si mi Capítulo 7 ha sido descargado?

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gran cañón
Publicado el 17 de abril de 2025 en

Cuando usted presenta una petición de quiebra del Capítulo 7 en el Tribunal de Quiebras de EE.UU. para el Distrito de Arizona, siempre y cuando su caso no se encuentra con retrasos, usted puede esperar para recibir su orden de descarga alrededor de cuatro meses después de presentar.

Si usted tiene un abogado de bancarrota con experiencia para que lo represente, como el de Stone Rose Law, su abogado le hará saber su fecha de descarga de bancarrota. Llámenos al (480) 739-2448 para obtener ayuda con su bancarrota.

En este post, cubrimos las formas de averiguar cuál es su fecha de descarga del Capítulo 7.

¿Cómo se me notifica la fecha de rehabilitación?

El tribunal de quiebras le enviará a usted o a su abogado una copia de la orden de exoneración para informarle de que su caso está cerrado y de que se ha concedido la exoneración de su deuda. Junto a la firma del juez debe figurar la fecha de la exoneración. 

Deberá conocer la fecha de alta a más tardar unos días después de que el juez dicte la orden.

¿Cómo puedo averiguar por mi cuenta la fecha de exoneración de la quiebra?

Usted puede representarse a sí mismo en un caso de bancarrota del Capítulo 7, aunque hay muchas buenas razones para que un abogado lleve su caso por usted.

Si opta por la autorepresentación, las alternativas a la recepción por correo de una copia de la orden de descargo son las siguientes:

  • Usted puede ir a la corte de bancarrota de Arizona que manejó su caso y ver sus archivos de bancarrota allí de forma gratuita. Es probable que pueda ver sus archivos electrónicamente a través de un quiosco en el tribunal. Usted puede imprimir documentos en su archivo por 10 centavos por página.
  • Puede acceder a información de audio sobre su caso de quiebra a través del Sistema de Información de Casos de Voz.
  • Puede consultar su expediente de quiebra desde casa utilizando el sistema de información en línea PACER del gobierno federal.

¿Qué es el PACER?

PACER son las siglas de "Acceso Público a los Registros Electrónicos Judiciales". PACER es un sistema electrónico en línea para los expedientes judiciales públicos de derecho federal, incluidos los casos de quiebra. 

A través de PACER, usted puede ver y descargar una copia de cualquier registro presentado en relación con su caso de quiebra, incluyendo su orden de descarga.

¿Cómo funciona el PACER?

Para ver su auto de sobreseimiento de la quiebra a través de PACER, primero tendrá que crear una cuenta.

Una vez que haya creado su cuenta, puede consultar su auto de sobreseimiento de la quiebra y cualquier otro documento presentado en su caso realizando una búsqueda en línea utilizando su número de caso de quiebra o su nombre.

¿Cuánto cuesta el PACER?

PACER cobra 10 céntimos por página para acceder a documentos judiciales a través del sistema. Este cargo se aplica al número total de páginas que usted genere a través de su búsqueda de documentos, hasta 3,00 dólares por documento. PACER factura trimestralmente, pero siempre que su tarifa total sea inferior a 30 $ durante el último trimestre, entonces la tarifa queda exenta.

  • PACER es gratuito si usted es parte en un caso y recibe un aviso de actividad del tribunal de quiebras.
  • PACER puede ser de uso gratuito si el tribunal de quiebras le ha concedido una exención de tasas.

En la mayoría de los casos, usted no incurrirá en un costo de $ 30 para ver su orden de descarga de bancarrota, por lo que no debe preocuparse de que le cobren por usar PACER para buscarla.

Sin embargo, si utiliza PACER para entregar sus documentos electrónicamente, se aplica una tasa administrativa de 30$ más 10 céntimos por página para un máximo de cinco documentos, hasta un máximo de 3$ por documento.

Una infografía que describe el sistema de Acceso Público a los Expedientes Electrónicos Judiciales.

¿Cuánto tiempo debo esperar para saber cuál es la fecha de cancelación de mi quiebra?

La mayoría de los casos de quiebra siguen un calendario estándar, por lo que, a menos que su caso se enfrente a complicaciones, puede hacerse una idea de cuándo recibirá la fecha de liquidación de la quiebra:

  • Después de haber presentado su solicitud de quiebra ante el tribunal de quiebras, el tribunal programará una reunión con sus acreedores. Esto se conoce como "Reunión 341". Esta reunión suele tener lugar entre 30 y 45 días después de la presentación de la petición, aunque una de las partes puede presentar una moción al tribunal para cambiar el día o el lugar de la reunión.
  • Dentro de los 60 días siguientes a la reunión de acreedores 341, tendrá que completar un curso aprobado de asesoramiento de crédito de gestión financiera. Durante este tiempo, sus acreedores también tendrán la oportunidad de oponerse a la descarga de cualquier deuda.

Siempre y cuando usted complete el curso de asesoramiento de crédito y ningún acreedor plantea objeciones a la descarga de la deuda, entonces su caso del Capítulo 7 puede ser elegible para la descarga tan pronto como 90 a 115 días después de que usted presente.

El juez de la quiebra puede tardar unos días más antes de firmar su orden de exoneración, por lo que una regla general es anticipar hasta 120 días, o cuatro meses, para que eso suceda.

¿Qué puede retrasar la fecha de liquidación de mi quiebra?

La mayoría de los casos de quiebra pasan por el tribunal de quiebras sin incidentes ni retrasos. En algunas situaciones, sin embargo, las circunstancias pueden llevar a la fecha de descarga se empuja hacia atrás:

  • Usted tiene bienes no exentos de los que el síndico de la quiebra debe hacer una venta de liquidación. Cuanto más tiempo se tarda en identificar y vender estos activos, más largo podría ser el retraso.
  • Hay otros litigios en curso en relación con su caso de quiebra. Esto puede ocurrir si un acreedor presenta una demanda oponiéndose a que su deuda sea liquidada o si el administrador concursal necesita demandar a un tercero para acceder a un activo que debe ser liquidado.
  • Su reunión 341 es aplazada a una fecha posterior por el Síndico. 
  • Usted no completa el asesoramiento crediticio requerido dentro de los 60 días posteriores a la reunión 341.
  • Usted decide entrar en un acuerdo de reafirmación con un acreedor más de 60 días después de la Reunión 341. El juez de quiebras tendrá que dar el permiso de la corte cualquier reafirmación de la deuda antes de que su orden judicial de descarga puede ser firmado.

Hable con un abogado de bancarrota de Arizona hoy

Para averiguar la rapidez con que podría ser capaz de completar el proceso de bancarrota del capítulo 7 en Arizona, llame a Stone Rose Law al (480) 739-2448 o nuestro formulario de contacto. En una consulta gratuita, podemos ayudarle a evaluar sus deudas y comenzar con el proceso de bancarrota.