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Abogados defensores especializados en delitos de allanamiento de morada en Arizona

La invasión de propiedad privada es un delito muy conocido. Menos conocido es el hecho de que existen diferentes tipos de delitos de invasión de propiedad privada en Arizona, cuya gravedad varía en función del tipo de zona en la que se produzca la invasión:

  • Allanamiento de morada en primer grado
  • Allanamiento de morada en segundo grado
  • Allanamiento de morada en tercer grado

Si ha sido objeto de una investigación o ha sido acusado de cualquier tipo de delito de allanamiento de morada, debe ponerse en contacto con un abogado penalista de Stone Rose Law lo antes posible. Stone Rose Law cuenta con una amplia experiencia en la defensa de casos de allanamiento de morada, y nuestro equipo de abogados penalistas está preparado para ofrecerle una representación legal de primera calidad. Póngase en contacto con Stone Rose Law hoy mismo rellenando el formulariode evaluación gratuita de su casoo llamando a nuestra oficina al (480) 630-2765 para asegurarse de tener las mejores posibilidades de obtener un resultado favorable en su caso penal.

Allanamiento de morada en primer grado

La invasión de propiedad privada en primer grado es el tipo más grave de delito de invasión de propiedad privada en Arizona. Se define en el artículo 13-1504(A) del Código Revisado de Arizona (A.R.S.), que establece que una persona comete invasión de propiedad privada en primer grado cuando, a sabiendas:

  1. Entrar o permanecer ilegalmente en una estructura residencial (delito grave de clase 6)
  2. Entrar o permanecer ilegalmente en un patio residencial vallado (delito menor de clase 1)
  3. Entrar en cualquier patio residencial y, sin autoridad legal, mirar dentro de la estructura residencial que se encuentra en él, con imprudente desprecio por infringir el derecho a la privacidad de los habitantes (delito menor de clase 1).
  4. Entrar ilegalmente en una propiedad inmobiliaria que esté sujeta a una concesión minera o arrendamiento válido con la intención de retener, trabajar, extraer o explorar minerales en la concesión o arrendamiento (delito menor de clase 1).
  5. Entrar o permanecer ilegalmente en la propiedad de otra persona y quemar, desfigurar, mutilar o profanar de cualquier otra forma un símbolo religioso u otra propiedad religiosa sin el permiso expreso del propietario (delito grave de clase 6).
  6. Entrar o permanecer ilegalmente en una instalación de servicio público esencial (delito grave de clase 5).

Los párrafos 1, 2, 4 y 5 de esta ley sobre allanamiento de morada se explican por sí mismos. En cuanto al párrafo 3, su redacción prohíbe a los ciudadanos participar en actividades de tipo «voyeurista», aunque no se limita a actos de motivación sexual. Sin embargo, cuando se determina que existe motivación sexual, una condena por allanamiento de morada en primer grado cometido de conformidad con el párrafo 3 puede dar lugar a una sentencia que obligue al acusado a registrarse como delincuente sexual.

Abogado defensor en casos de allanamiento de morada en primer grado

Si ha sido investigado o acusado de allanamiento de morada en primer grado, necesita la asistencia de un abogado litigante con experiencia lo antes posible. No responda a ninguna pregunta y no intente dar explicaciones ni justificar sus actos. En su lugar, exija hablar con un abogado lo antes posible y niéguese a prestar declaración detallada ante las fuerzas del orden hasta que cuente con la presencia de un abogado. Y lo más importante: llame inmediatamente a Stone Rose Law al (480) 630-2765. Nuestro equipo de profesionales con experiencia puede ayudarle a obtener los mejores resultados posibles en su caso.

Allanamiento de morada en segundo grado

La invasión de propiedad privada en segundo grado es la segunda forma más grave de invasión de propiedad privada en Arizona. Una persona comete invasión de propiedad privada en segundo grado al entrar o permanecer ilegalmente, a sabiendas, en cualquier estructura no residencial o en cualquier patio comercial cercado. La invasión de propiedad privada en segundo grado es un delito menor de clase 2, lo que significa que se castiga con una pena máxima de cuatro meses de cárcel y una multa de 750 dólares.

Si ha sido objeto de una investigación o ha sido acusado de allanamiento de morada en segundo grado, póngase en contacto con Stone Rose Law hoy mismo para concertar una consulta gratuita sobre su situación, rellenando el formulario de evaluación gratuita de su caso o llamando a nuestra oficina al (480) 630-2765. El equipo de defensa de Stone Rose Law estará encantado de atenderle y resolver cualquier duda o inquietud que tenga sobre su situación legal.

Allanamiento de morada en tercer grado

La intrusión criminal en tercer grado es la forma menos grave de intrusión en Arizona y es un delito menor de clase 3. El delito se define en A.R.S. § 13-1502(A) y se comete cuando:

  1. Entrar o permanecer ilegalmente en cualquier propiedad inmobiliaria tras una solicitud razonable de abandono por parte de un agente de la autoridad, el propietario o cualquier otra persona que tenga control legal sobre dicha propiedad, o tras un aviso razonable que prohíba la entrada; o
  2. Entrar o permanecer ilegalmente a sabiendas en el derecho de paso de las vías, o en los patios de almacenamiento o maniobras o en el material rodante de una empresa ferroviaria.

A.R.S. § 13-1502 – Allanamiento de morada en tercer grado

La primera subsección de A.R.S. § 13-1502(A) tipifica como delito negarse a abandonar un local después de que una persona con la autoridad correspondiente haya solicitado razonablemente que lo haga. Esta sección no se limita a la propiedad privada, y también se puede procesar a una persona por no abandonar un lugar público después de que las fuerzas del orden le hayan solicitado razonablemente que lo haga. Véase State v. Barr, 183 Ariz. 434 (App. 1995). Sin embargo, es importante señalar que no todas las solicitudes de abandonar una propiedad pública son razonables. La legalidad de la presencia continuada del acusado y la razonabilidad de la solicitud de abandono son cuestiones procesales que deben decidirse teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso. Véase Knox v. Southwest Airlines, 124 F.3d 1103 (9.º Cir. 1997). Por otra parte, la segunda sección tipifica como delito la intrusión en vías férreas, instalaciones ferroviarias y equipos ferroviarios.

Sanciones por allanamiento de morada en tercer grado

La entrada ilegal en propiedad ajena, con arreglo a cualquiera de los apartados del artículo 13-1502(A) del Código Revisado de Arizona (A.R.S.), constituye un delito menor de clase 3 punible con hasta 30 días de cárcel y una multa de 500 dólares, más un recargo. Si se le ha acusado de allanamiento de morada en tercer grado, necesita un abogado litigante con experiencia que defienda sus derechos. Llame ahora a Stone Rose Law al (480) 630-2765para una consulta gratuita.